El Perú es Estado parte de los principales tratados en materia de derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos. En virtud de ello, ha asumido el compromiso de presentar informes periódicos ante los órganos internacionales de derechos humanos sobre las medidas implementadas a fin de hacer efectivos los derechos humanos reconocidos en ellos.

Nueve son los tratados internacionales fundamentales de derechos humanos dentro del sistema universal de protección de los derechos humanos que han sido adoptados desde 1945. A su vez, son nueve los órganos de tratados o Comités que supervisan su aplicación. Los nueve tratados fundamentales han sido ratificados por el Perú.

Dichos tratados establecen una serie de normas internacionales y obligaciones jurídicas para la protección y promoción de los derechos humanos que todos los Estados parte deben de respetar, y a razón de éstas, deben de adoptar medidas internas para asegurar que todas las personas gocen de los derechos establecidos en ellos.

  • Órganos de Tratado.

Los Órganos de Tratado son comités creados por los tratados internacionales sobre derechos humanos de los que el Perú es Estado parte.

Dichos tratados establecen una serie de normas internacionales y obligaciones jurídicas para la protección y promoción de los derechos humanos que todos los Estados parte deben de respetar. En cumplimiento de dichas obligaciones, los Estados deben establecer mecanismos y procedimientos que permitan garantizar el respeto, aplicación y el cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos.

Son nueve los tratados sobre derechos humanos ratificados por el Perú desde 1945 y nueve los órganos técnicos denominados comités, que tienen como función supervisar su aplicación. En virtud de ello, tienen el mandato de recibir y examinar informes periódicos presentados por los Estados y formular observaciones o recomendaciones.

Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

El Perú es un Estado miembro de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos en 1978 y aceptó la competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Este sistema cuenta con dos organismos, los cuales se presentan a continuación:

 La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), es un órgano autónomo de la OEA que tiene como función promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo. La CIDH realiza su trabajo con base en tres pilares de trabajo: el Sistema de Petición Individual, el monitoreo de la situación de los derechos humanos en los Estados parte y la atención a líneas temáticas prioritarias.

 La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), es un órgano judicial autónomo de la OEA, que tiene como objetivo interpretar y aplicar la Convención Americana y otros tratados que le otorguen dicha competencia, en particular, a través de la emisión de sentencias sobre casos particulares.

Informes del Estado Peruano a los Comités Internacionales

Observaciones finales de los Comités Internacionales

Examen Periódico Universal (EPU)

El EPU, establecido desde el año 2006, tiene su origen en la Carta de Naciones Unidas y es un proceso único que implica una revisión en materia de derechos humanos de todos los Estados miembros de las Naciones Unidas.

A través de éste se ofrece la oportunidad de que todos los Estados declaren ante el Consejo de Derechos Humanos qué acciones se han emprendido para mejorar la situación de los derechos humanos en sus respectivos países y para cumplir con sus respectivas obligaciones de derechos humanos.